Calculadora de finiquito 2026

Calcula tu finiquito y, si te despiden, la indemnización que te corresponde según el Estatuto de los Trabajadores.

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⚠️ Cálculo orientativo. Las pagas extra, las vacaciones y el día de devengo pueden variar según tu convenio colectivo. La antigüedad anterior al 12-feb-2012 cotiza a 45 días/año (no contemplado aquí). La exención de la indemnización por despido improcedente requiere reconocimiento en conciliación (SMAC) o sentencia. No es asesoramiento jurídico.

¿Qué incluye un finiquito?

El finiquito es la liquidación del salario que te deben a la fecha de salida, sea cual sea el motivo (incluida la baja voluntaria). Se compone de:

  • El salario de los días trabajados del mes en curso.
  • Las vacaciones devengadas y no disfrutadas (30 días/año).
  • La parte proporcional de las pagas extraordinarias.

Finiquito vs. indemnización: no es lo mismo

El finiquito lo cobras siempre. La indemnización solo si hay despido: 20 días por año (con tope de 12 mensualidades) en el despido objetivo procedente, y 33 días por año (tope de 24 mensualidades) en el improcedente. En un fin de contrato temporal, 12 días por año.

¿Tributan?

El finiquito tributa en IRPF y cotiza, como cualquier salario. La indemnización legal por despido está exenta de IRPF hasta el límite legal (máximo 180.000 €) y no cotiza a la Seguridad Social.

Fuente: Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015, arts. 26, 29, 31, 38, 52, 53 y 56), reforma del art. 56 por el RDL 3/2012, y art. 7 de la Ley del IRPF.

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Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el finiquito cuando me voy de una empresa?
El finiquito es la liquidación de todo lo que te deben a la fecha de salida, sea cual sea el motivo. Incluye el salario de los días trabajados del mes en curso, las vacaciones devengadas y no disfrutadas (30 días por año) y la parte proporcional de las pagas extra. Lo cobras siempre, incluso si es baja voluntaria.
¿El finiquito incluye el paro o la indemnización por despido?
No. El finiquito solo recoge el salario pendiente; no incluye la indemnización ni la prestación por desempleo (paro). La indemnización es un concepto separado que solo corresponde si hay despido: 33 días por año en el improcedente (tope 24 mensualidades) o 20 días en el objetivo procedente (tope 12 mensualidades). El paro lo gestiona el SEPE de forma independiente.
¿El finiquito tributa en el IRPF?
Sí. El finiquito tributa en IRPF y cotiza a la Seguridad Social como cualquier salario. En cambio, la indemnización legal por despido está exenta de IRPF hasta el límite legal (máximo 180.000 €) y no cotiza a la Seguridad Social, siempre que se reconozca en conciliación (SMAC) o sentencia.

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