Modelo 036: guía y asistente de alta

Averigua qué apartados del modelo 036 tienes que rellenar según tu situación. Guía actualizada 2026: el 037 ya no existe.

Cálculos actualizados a la normativa 2026

Orientativo. Consulta la sede electrónica de la AEAT o un gestor antes de presentar.

¿Qué es el modelo 036?

El modelo 036 es la declaración censal que toda persona o entidad debe presentar ante la AEAT cuando inicia una actividad económica, modifica sus datos o causa baja. Es el punto de partida burocrático del autónomo.

El modelo 037 ya no existe (desde febrero de 2025)

La Orden HAC/1526/2024 suprimió el modelo 037 simplificado con efectos desde el 3 de febrero de 2025. A partir de esa fecha, tanto altas como modificaciones y bajas se tramitan exclusivamente con el 036. Si encuentras guías que mencionan el 037, están desactualizadas.

Apartados que rellena un autónomo nuevo

Para un alta de persona física (autónomo) los apartados habituales son: identificación, causa de presentación (alta + fecha de inicio), actividad económica e IAE, régimen de IVA, método de estimación del IRPF y las obligaciones periódicas (303 y 130). Si operas en la UE, añades el ROI (NIF-IVA + modelo 349). Si tienes trabajadores, añades las retenciones (modelo 111).

Plazos

Alta: antes de iniciar la actividad o el mismo día.
Modificación de datos: en el plazo de un mes desde que se produce el cambio.
Baja: en el plazo de un mes desde el cese de la actividad.
Fuente: art. 10 RD 1065/2007; Orden HAC/1526/2024; sede electrónica AEAT.

Preguntas frecuentes

¿Existe todavía el modelo 037?
No. El modelo 037 quedó suprimido el 3 de febrero de 2025 por la Orden HAC/1526/2024. Desde entonces, todos los trámites censales (alta, modificación y baja) se realizan con el modelo 036.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 036?
Para el alta, antes de iniciar la actividad (o el mismo día). Para modificaciones o baja, en el plazo de un mes desde que se produce el hecho.
¿El modelo 036 tiene coste?
La presentación del modelo 036 es gratuita. Se tramita en la sede electrónica de la AEAT (sede.aeat.es) con certificado digital, DNIe o cl@ve. Si contratas una gestoría, ella cobrará sus honorarios, pero el trámite en sí no tiene tasa.

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