Darse de alta como autónomo paso a paso en 2026
Hacerte autónomo son dos altas online y gratuitas: en Hacienda y en la Seguridad Social. Esta guía te lleva por cada trámite, los plazos y cómo pagar solo 80 €/mes el primer año con la tarifa plana.
Los pasos, en orden
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Alta censal en Hacienda (modelo 036)
Antes de emitir tu primera factura, te das de alta en el censo de empresarios con el modelo 036. Eliges tu epígrafe del IAE (la actividad que vas a ejercer) y las obligaciones de IVA e IRPF que te corresponden. Es gratuito y se hace en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
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Alta en el RETA (Seguridad Social) por Importass
En los 60 días naturales anteriores al inicio de la actividad (y como máximo el mismo día en que empiezas) te das de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a través del portal Import@ss. Necesitas tu fecha de inicio, el epígrafe del 036 y una cuenta bancaria para domiciliar la cuota.
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Elegir base de cotización y tarifa plana
Si es tu primera vez como autónomo (o no lo has sido en los últimos 2 años), puedes acogerte a la tarifa plana de 80 €/mes durante el primer año. Si no, tu cuota saldrá del sistema de cotización por ingresos reales según tus rendimientos netos previstos.
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Configurar tus obligaciones fiscales
Según tu actividad, tendrás que presentar el IVA trimestral (modelo 303) y el pago fraccionado del IRPF (modelo 130), salvo que estés exento. Conviene tener claros desde el principio tus gastos deducibles para no pagar de más.
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Llevar tus libros de registro
Desde la primera factura debes registrar tus ingresos y gastos (y, si procede, bienes de inversión). Guarda todas las facturas: son la prueba que pide Hacienda para admitir tus deducciones.
Calcula antes de empezar
⚠️ Guía orientativa basada en la normativa vigente en 2026. Los trámites y plazos pueden cambiar; confirma siempre en la sede de la Agencia Tributaria y en Import@ss de la Seguridad Social. No es asesoramiento fiscal.
¿Hacienda o Seguridad Social primero?
El orden recomendado es primero Hacienda (modelo 036) y después la Seguridad Social (alta en el RETA por Import@ss). El motivo es práctico: el alta en el RETA te pedirá el epígrafe del IAE que has declarado en el censo, así que conviene tener el 036 hecho antes. Ambas altas son del mismo día si vas a empezar ya.
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para darme de alta como autónomo?
Tu DNI o NIE, una cuenta bancaria para domiciliar la cuota, decidir el epígrafe del IAE (la actividad que vas a ejercer) y la fecha de inicio. Todo el alta se hace online: el modelo 036 en la sede de Hacienda y el alta en el RETA en el portal Import@ss de la Seguridad Social.
¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo?
El alta en sí es gratuita, tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. El coste real es la cuota mensual de autónomos: 80 €/mes con la tarifa plana el primer año, o la cuota por tramos de ingresos si no tienes derecho a ella.
¿Tengo que darme de alta en Hacienda y en la Seguridad Social?
Sí, son dos altas distintas y ambas obligatorias. Primero el alta censal en Hacienda (modelo 036) para declarar tu actividad, y después el alta en el RETA en la Seguridad Social para cotizar. El orden recomendado es Hacienda y luego Seguridad Social, porque el alta en el RETA pide el epígrafe del 036.
¿Cuándo tengo que darme de alta?
El alta en Hacienda debe estar hecha antes de iniciar la actividad o emitir la primera factura. El alta en el RETA puede hacerse hasta 60 días naturales antes del inicio, pero nunca después de empezar a trabajar como autónomo.
¿Puedo darme de alta solo unos días al mes?
Sí. Desde la reforma del sistema de cotización puedes darte de alta y de baja en el RETA varias veces al año y pagas la cuota proporcional a los días de alta de cada mes. Es útil si tu actividad es esporádica.
Fuente: Agencia Tributaria (alta censal, modelos 036) y Tesorería General de la Seguridad Social (alta en el RETA, portal Import@ss), normativa vigente 2026.