Modelo 840 del IAE en 2026: qué es, quién lo presenta y plazos

El modelo 840 es la declaración del Impuesto de Actividades Económicas (alta, variación y baja en el IAE). Solo lo presentan quienes tributan de verdad por el impuesto, es decir, los no exentos. Si eres autónomo persona física, estás exento y esto no te afecta — pero aquí tienes qué es, quién lo presenta y sus plazos.

¿Eres autónomo y buscabas tu actividad? Mira la guía de epígrafes del IAE — el epígrafe se elige en el modelo 036, no en el 840.

Plazos de presentación

SupuestoPlazo
Alta por inicio de actividad ya obligado a tributar1 mes desde el inicio de la actividad
Alta por dejar de estar exento (superas el millón)Durante el mes de diciembre anterior al año en que pasas a tributar
Variación de datos de la actividad1 mes desde que se produce la variación
Baja por cese de la actividad1 mes desde el cese
Baja por pasar a estar exento (bajas del millón)Durante el mes de diciembre anterior al año de exención

El modelo 840 se presenta ante la Agencia Tributaria; cuando la gestión censal de las cuotas municipales está delegada, se presenta ante el ayuntamiento, diputación u otra entidad delegada, según su procedimiento. Consulta el detalle en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

⚠️ Información orientativa según la normativa vigente en 2026. La presentación del modelo 840 se hace en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o a través de tu gestoría. No es asesoramiento fiscal.

Qué es el modelo 840

El modelo 840 es la declaración propia del IAE: con él se comunica el alta en el impuesto, las variaciones de la actividad y la baja. No lo presenta cualquiera que ejerza una actividad, sino solo quien está obligado a pagar la cuota del IAE. Como la inmensa mayoría de contribuyentes están exentos, es un modelo que en la práctica solo manejan determinadas empresas.

Quién lo presenta (y quién no)

Lo presentan los sujetos pasivos no exentos: en general, las sociedades y entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios alcanza o supera 1.000.000 € anuales. Por debajo de ese umbral, y durante los dos primeros años de actividad, las entidades están exentas y no presentan el 840.

Las personas físicas —los autónomos— están exentas del IAE siempre, gane lo que gane su actividad, así que no presentan nunca el modelo 840. Si eres autónomo, tus altas, bajas y cambios de actividad van por la declaración censal (modelo 036), donde eliges tu epígrafe del IAE aunque no pagues cuota.

Modelo 840, 036 y 848: no son lo mismo

  • Modelo 036: la declaración censal general. La presenta todo empresario o profesional para darse de alta, declarar su actividad y elegir su epígrafe del IAE.
  • Modelo 840: específico del IAE. Solo lo presentan los no exentos para gestionar el alta, la variación o la baja en el impuesto que sí pagan.
  • Modelo 848: la comunicación del importe neto de la cifra de negocios, con la que las entidades determinan si mantienen o pierden la exención del IAE (salvo que ya hayan comunicado esa cifra por otra vía).

Preguntas frecuentes

¿Qué es el modelo 840?

Es la declaración del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) con la que se comunican el alta, las variaciones y la baja en el impuesto. Solo lo presentan quienes están obligados a tributar efectivamente por el IAE, es decir, los sujetos que no disfrutan de exención. Sirve para que la Administración determine la cuota del impuesto que corresponde pagar.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 840?

Únicamente los sujetos pasivos no exentos del IAE: en la práctica, las sociedades y entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios alcanza o supera 1.000.000 € anuales. Las personas físicas (los autónomos) están siempre exentas del IAE, así que no presentan el modelo 840: sus altas, bajas y variaciones de actividad se comunican con la declaración censal, el modelo 036.

Soy autónomo, ¿tengo que presentar el modelo 840?

No. Como persona física estás exento del IAE con independencia de tu facturación, por lo que el modelo 840 no te afecta. Tu actividad la declaras con el modelo 036 (alta censal), donde eliges tu epígrafe del IAE aunque no pagues cuota. El 840 es cosa de las entidades que sí tributan por el impuesto.

¿Cuáles son los plazos del modelo 840?

Depende del supuesto. El alta por inicio de actividad de quien ya está obligado a tributar se presenta en el plazo de un mes desde el inicio. El alta por dejar de estar exento (al superar el millón de cifra de negocios) se presenta durante el mes de diciembre anterior al año en que se empieza a tributar. Las variaciones y las bajas, en el plazo de un mes desde que se producen.

¿En qué se diferencia el modelo 840 del 036 y del 848?

El modelo 036 es la declaración censal con la que cualquier empresario o profesional comunica su alta, sus datos y su epígrafe a efectos del censo. El modelo 840 es específico del IAE y solo lo presentan los no exentos para gestionar su tributación efectiva. El modelo 848 es la comunicación del importe neto de la cifra de negocios a efectos del IAE, obligatoria solo cuando la entidad no esté ya exonerada por haber comunicado esa cifra por otra vía (Impuesto sobre Sociedades, IRNR).

Fuente: texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004), artículos 78 a 91; Reglamento del IAE (RD 243/1995), y modelo 840 de la Agencia Tributaria, normativa vigente 2026.